Día 289: Pleno aprueba iniciativa popular de ley (¡o sea, la gente podrá presentar proyectos de ley!)
No es malo, pues de esa manera la gente se organiza, conversa, piensa en comunidad sobre sus problemas. Hubo una propuesta que se perdió: el plebiscito revocatorio de autoridades ejecutivas.
¿Sabes que, si tenemos nueva Constitución, vamos a poder levantar propuestas de ley como ciudadanos organizados? Tal cual: basta que alguien inscriba en el Servel una propuesta de ley y reúna las firmas del 3% del último padrón electoral. Tiene 180 días (seis meses, o sea medio año) para juntar esos apoyos en forma de patrocinio. Que eso vaya a ser aprobado en el Congreso, bueno; eso ya es otra cosa. De hecho, la urgencia a la que estará obligada el Congreso de tramitarla será algo establecida por ley. Ah, y otra cosa: también se aprobó derogar leyes que se encuentran en vigencia, pero obligar al Congreso a discutir ese asunto exige el 5% de las firmas correspondientes al último padrón.
Qué linda es la democracia.
Lamentablemente se perdió la propuesta de echar (perdóname el chilenismo) cagando a una autoridad ejecutiva (o sea, Presidente, gobernador regional o alcalde) por medio de un plebiscito revocatorio. La convencional Loreto Vidal empujó esa idea, pero no alcanzó los 103 votos. Explicándose las razones de por qué se vino abajo, dijo: “A lo mejor la madurez de nuestra población, el tiempo en el que estamos, no es el conveniente y lo respetamos, pero cumplimos con levantar estas propuestas que no tuvieron los consensos que se esperaban", agregó.
En fin. No todo podemos tenerlo en esta vida. Perdona que haga esta reflexión de alto vuelo…
El contralor rayó la cancha
Hay una parte del conservadurismo chileno que exige que el Presi Boris se involucre con al tema constitucional para que “ponga en vereda a su gente”. Y al mismo tiempo, ese lote le pide que no se meta para hacerle barra al proceso ni que ande diciendo que hay que puro votar “Apruebo” en el plebiscito de salida. En fin, ahora exigen “prescindencia”.
Más allá de la opinión que se tenga del asunto, lo correcto es que una autoridad o un funcionario público no pueda, en horario de trabajo, hacer campaña o expresar preferencias por un candidato. Obvio. Básico.
Por lo mismo, esta idea también pasó al borrador de la nueva Constitución… no, mentira. Simplemente Contraloría emitió una circular a sus funcionarios aclarando que la prescindencia significa neutralidad. En lo medular, el instructivo indica que “las autoridades y servidores públicos no pueden valerse de sus empleos para favorecer o perjudicar alguna de las alternativas consultadas en esta oportunidad, ya sea directamente o a través de las tendencias o partidos políticos que las apoyan”.
Nos vemos.